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  La SGAE puede ser desmantelada por sus estatutos anticonstitucionales
« el: Vie 29/06/07 09:37 » por 3nd3r
No puedo evitar sonreir ante la noticia que acabo de leer y que os transcribo en parte.
La SGAE puede ser desmantelada, si prosperan las denuncias de dos candidatos independientes a las elecciones de la dictatorial asociación.
¿Por qué? Veréis:
En la mañana de anteayer, 27 de junio, ante la sede de la Sociedad General de Autores y Editores en Madrid, los dos candidatos independientes que han impugnado las elecciones de la SGAE de ayer, 28 de junio, se reunieron con unos periodistas para dar explicaciones de por qué han impugnado las elecciones.
Dicha impugnación, que fue realizada el pasado 25 de junio en la SGAE, se basa en que no se ha respetado la igualdad de oportunidades para todos los candidatos.

Estos dos candidatos, José Antonio Prieto y Luis Cobo "Manglis" [en la foto], manifiestan muchos desacuerdos con la actual gestión de la directiva de la SGAE, y piden una revisión de los estatutos, que consideran antidemocráticos. Afirman que desde la SGAE se les han negado los teléfonos y correos electrónicos de los socios para poder comunicarles sus candidaturas, mientras que han tenido conocimiento de que miembros de la candidatura oficial sí que han hecho uso de los teléfonos de los socios para pedirles el voto, "incluso a gente que no conocían de nada y no tenían por qué tener los teléfonos", afirman.
A ambos candidatos, Prieto y Cobo, se les han incoado expedientes disciplinarios por sus manifestaciones en la pasada Asamblea General.
Se está tramitando denuncia ante el juzgado de guardia de todos estos hechos, por lo que el juez tendrá la última palabra sobre la validez o no de estas elecciones.
Pero es que además, el proceso electoral dista muchísimo de ser democrático, y por lo tanto, es ilegal, tal y como cuenta Luis Cobo "Manglis":
Es un proceso un tanto peculiar, ya que no todos los socios/as tienen derecho a voto. Hay socios que pueden llegar a tener hasta un máximo de 30 votos y otros un mínimo de 1 voto, todo depende de la recaudación que vayas teniendo, y existen tres clases de votos los permanentes, los temporales y los totales. Por ejemplo, el socio que os habla tiene 10 votos permanentes y cinco temporales así que cuento con 15 votos en este momento, pero dentro de un año los votos temporales los puedo perder si los ingresos de los derechos económicos de mi repertorio en la SGAE, "mis composiciones", no recaudan un "x" estipulado. Los votos temporales desaparecen como por ARTE DE MAGIA, bueno, más bién porque así lo dicen los Estatutos y el Reglamento General de la SGAE, que es lo que pretendemos cambiar aquí, púes como verás, este modelo de votación, de democracia anda cortito, con sifón y encima es una gran putada de que la mayoría de los socios/as no tengan ese derecho a voto, sólo los socios/as que ganan la pasta que siempre suelen ser poquitos y famosísimos.
Hay una gran cantidad de socios/as que están hartos de toda la conducción de la la SGAE por parte de los directivos de la entidad y de su comandante en Jefe, mi antiguo amigo Eduardo Bautista "Tedy", que se ha olvidado de engrasar la Nave y ésta, chascarrea y pierde aceite por todos lados, a diestros y siniestros sobre todo. Esperamos un fuerte voto de castigo de los socios/as que puedan votar contra toda esta alucinante mala gestión y contra la guerra declarada a toda la ciudadanía en nombre de los socios/as de la SGAE.

Con todo esto, y citando al Partido Pirata, resulta que la SGAE es una asociación antidemocrática, donde sólo aproximadamente el 1% de sus socios ostentan el poder absoluto de manera formal y efectiva. Esto es así por dos razones:
1) 8.000 socios de la entidad están llamados a las urnas para votar a sus representantes para los próximos cuatro años. No parece importarles el hecho de que habiendo 66.000 asociados de SGAE a poco más del 10% de asociados se les reconocerá su derecho al voto (o lo que es lo mismo, casi un 90% de asociados de SGAE serán privados de su derecho a voto).
2) Además de ser eso cierto (los propios Estatutos de SGAE lo confirman), también es cierto que un solo asociado puede acumular hasta 20 derechos de voto en función de los derechos de autor que genere, lo que como hemos comentado provoca que un número ínfimo de asociados ostente la mayoría de derechos de voto para elegir la Junta Directiva. Aunque la LPI de 1987 incluyó un artículo 136.5 -ahora, artículo 151.5- para validar el voto ponderado, dicho artículo posiblemente sea inconstitucional por no cumplir la reserva de ley de la Ley Orgánica 1/2002 que establece el articulo 81 de la Constitución -habrán de ser los socios de SGAE los que acudan a los tribunales para instar a un juez a que cuestione la constitucionalidad de dicho artículo-.
Que casi el 90 % de socios de SGAE no tengan derecho de voto viola la Ley, concretamente la Orgánica 1/2002 de asociaciones (su artículo 21), ya que en toda asociación legal todo asociado tiene derecho a ejercer su derecho de voto. Animamos a los 66.000 socios de SGAE damnificados que acudan a los tribunales para exigir que cambien los Estatutos de SGAE o se proceda, de lo contrario, a la disolución de tan nociva asociación; y en este caso no animamos, exigimos al Ministerio Fiscal que cumpla con su cometido y se pronuncie tanto sobre la legalidad de SGAE como, en función de ésta, la necesidad de tramitar judicialmente su disolución y, en su caso, aplicar el Código Penal para que la Justicia condene a la Junta Directiva de SGAE (en el caso de que en las elecciones de hoy 28 no triunfe una candidatura que regenere dicha entidad de gestión instaurando la democracia interna que la Ley exige). También, de paso, debe pedir explicaciones el Ministerio Fiscal al Ministerio de Cultura acerca de bajo qué criterio validó (lo pone en los Estatutos de SGAE) el año pasado unos Estatutos que no se ajustan a la legalidad vigente.
Mientras, el Gobierno y la oposición parecen legislar y aplicar leyes al dictado de las entidades de gestión y, especialmente, de la SGAE (sin que les preocupe lo mas mínimo la falta de democracia interna de SGAE a la hora de aceptarles como interlocutores validos); la LPI varió en buena medida a su antojo; se frustró el tristemente famoso artículo 17bis de la LISI únicamente por la proximidad de las elecciones municipales; el ultracanon auspiciado entre otros por SGAE está metido en la nevera para ser descorchado tras las Generales. ¿Quienes somos los soberanos de este país? ¿Los ciudadanos mayores de edad con derecho a voto, más de 33′5 millones de personas? ¿O apenas 600-700 socios plenipotenciarios de una entidad de gestión cuyos Estatutos no se ajustan a la legalidad vigente?
Los políticos tradicionales deben elegir a quiénes sirven y a quiénes eligen como interlocutores, si a unas g€$tora$ o al conjunto de la sociedad; y someter a todas las entidades de gestión a una minuciosa inspección que suponga la disolución cuando alguna no cumpla con la Ley. Y punto.

Fuentes:
http://www.filmica.com/carlosues/archivos/006112.html
Entrevista a "Manglis"
http://www.partidopirata.es/w/images/a/a8/Comunicado_28-VI-2007.pdf
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